Con fecha 7 de Agosto de 2015, se publican las instrucciones que regulan el acceso a la asistencia sanitaria en Aragón para las personas extranjeras sin recursos económicos suficientes, ni cobertura de asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
El objeto de esta Instrucción es habilitar el acceso a la asistencia sanitaria de las personas extranjeras sin recursos económicos, en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Aragón.
Prestaciones a las que da derecho
Las prestaciones a las que se da derecho son la totalidad de la Cartera de Servicios del Sistema Aragonés de Salud, en igualdad de condiciones que el resto de asegurados dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria será.
* 40% para las personas menores de 65 años
* 10% para los mayores de 65 años
Validez
El reconocimiento del acceso será por un año, prorrogable si persisten las mismas circunstancias. para la renovación se requerirá únicamente cumplimentar la solicitud (Anexo I).
Todas las personas incluidas en el PAPSSP se integran automáticamente en esta modalidad de asistencia. No se requiere ningún trámite por su parte.
¿Qué requisitos son necesarios?
Tener la condición de extranjero no registrado ni autorizado a residir en España
Residir en Aragón por un periodo mínimo de 3 meses (de forma ininterrumpida anterior a la fecha de la solicitud)
No poder exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen
No tener derecho al reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario, por cualquier otra Administración.
Ser mayor de 18 años
No disponer de recursos económicos superiores a 15.975,3 Euros anuales (2.5 veces el IPREM)
Se puede solicitar en el Centro de Salud que por lugar de domicilio le corresponda.
¿Qué documentación hay que aportar?
Pasaporte en vigor
Solicitud cumplimentada (Anexo I de las Instrucciones)
Certificado de empadronamiento u otro documento acreditativo de residencia
Documento emitido por el país de origen* de que no procede la exportación del derecho
Más información y anexos en Saludinforma.es
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ACCESO ASISTENCIA TEMPORAL PARA PERSONAS EXTRANJERAS SIN LA CONDICION DE ASEGURADO Y SIN RECURSOS ECONOMICOS SUFICIENTES
Etiquetas:presentación EAP VILLAMAYOR
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Instrucción 7 de Agosto de 2015
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